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Jurisdicción Territorial
Izenburua: JURISDICCIÓN TERRITORIAL

Muturreko datak: 1399 - 1969

Maila: Subsección

Bolumena: 206 unidades documentales

Egilea: Villa de Ataun

Erakundearen historia:

En esta sección merecen una especial atención los asuntos relacionados con los montes. Las Juntas Generales eran las encargadas de regularlos a través de sus Ordenanzas. Ataun, como las demás villas de la provincia, debía velar por el cumplimiento de dichas ordenanzas. Con el paso del tiempo se fueron produciendo conflictos jurisdiccionales al discrepar sobre los límites de un monte o a qué villa pertenecía. Se produjeron frecuentes diferencias entre Gipuzkoa y Navarra sobre la jurisdicción de los montes de Enirio-Aralar así como el pasto del ganado en esos terrenos y el límite de los cercados. Otros actores destacados que participaron activamente en el reparto jurisdiccional de los montes de Aralar fueron la Colegiata de Roncesvalles y el Señor de Lazcano, dueño de muchas tierras del territorio de Ataun.

Irismena eta edukia:

Una parte importante de la documentación relacionada con la jurisdicción territorial de los montes y de los terrenos pertenecientes al Señor de Lazcano se generó en torno a partir de varios litigios en los que intervienen la villa de Ataun, los vecinos, la Colegiata de Roncesvalles, el Señor de Lazcano y diversas villas, unas guipuzcoanas y otras navarras.

Otros documentos permiten conocer la evolución de los amojonamientos y aprovechamiento de los montes de Aralar, indicando quiénes tenían derecho a llevar el ganado a pastar a esas tierras, qué beneficios se obtenían, etc.