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Título: JUNTAS GENERALES / DIPUTACIÓN
Fechas extremas: 1624 - 1970
Nivel: Subsección
Volumen: 324 unidades documentales
Productor: Juntas Generales / Diputación
Historia institucional:
Desde la Edad Media, las Juntas Generales se convirtieron en el órgano supremo del autogobierno de la Provincia. Entre sus atribuciones se encontraban las siguientes: tomar acuerdos, marcar las licencias de actuación de la Diputación o los enviados a la Corte, aprobación de decretos, velar por la pureza de sangre, examen de las cuentas, reparto de los gastos entre la población. Finalmente, contaban con atribuciones judiciales a través de los cursos de Hermandad.
Hasta 1677, las Juntas Generales se celebraban dos veces al año y desde ese año la frecuencia sería anual. Los lugares donde tenían lugar rotaban entre 18 villas. Unas villas tenían asiento a Juntas mientras que otras, de menor entidad, se agrupaban en Uniones políticas para asistir a las Juntas. Los miembros de las Juntas recibían el nombre de Procuradores junteros. Ocasionalmente se celebraran Juntas Particulares para tratar asuntos urgentes o también los de carácter puntual.
La Diputación era el órgano encargado de velar por el buen funcionamiento de las reuniones y decisiones de las Juntas Generales. Sus atribuciones dependían de las que delegasen las Juntas Generales. Habría que esperar hasta 1749 para conocer los rasgos característicos de la Diputación.
Entre las delegaciones de la Junta destacan las siguientes: finalizar los expedientes de hidalguía, investigar posibles excesos, elaborar informes sobre acuerdos, ver y sentenciar diversos pleitos, etc. competencias propias a añadir: la relación con los representantes de la Corte, la vigilancia del cumplimiento de los Fueros, la vigilancia de las autoridades, la toma de posesión de los Corregidores, etc.
Esta institución se reunía entre Junta y Junta, rotando entre cuatro lugares: Donostia, Tolosa, Azpeitia y Azkoitia. Estaba integrada por un Diputado General, el y el Ayuntamiento del lugar de reunión; el Corregidor o sus suplentes debían asistir pero sin derecho a voto.
Al igual que en las Juntas Generales, existían Diputaciones Particulares para tratar casos concretos o urgentes. Por último, cabe reseñar la existencia de una Diputación a Guerra, con facultades militares, que se formaba cuando un conflicto bélico afectaba al Territorio.
Alcance y contenido:
En esta sección se encuentra una variada tipología documental que podemos agrupar en registros de las Juntas Generales, cuentas, disposiciones, acuerdos, circulares y correspondencia. A través de esa documentación se conocerá el gobierno de la Provincia, la participación de las villas -en nuestro caso Ataun- en los gastos de la misma, la vida social y económica de Gipuzkoa y también la estrecha relación existente entre las Juntas y la Diputación con las villas, como Ataun, y el Corregidor. También permitirá vislumbrar cómo se aplicaban los Fueros y profundizar en la forma de gobierno y las medidas que se adoptaban en tiempo de crisis, los acuerdos alcanzados en las Juntas. Finalmente indicar que esta documentación contiene referencias a diversos acontemientos políticos de su época.
Documentación asociada:
Los originales de la documentación generada por estas instituciones se hallan en el AAG (Archivo General de Gipuzkoa), en Tolosa.
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