El edificio del mercado con la venta al aire libre está
asentada como forma de venta en las costumbres de los municipios
de Euskadi. A pesar de sus altibajos, en los últimos años
esta forma de venta se ha extendido. La concepción que de
esta forma de venta había en la antigüedad ha tenido
éxito y todavía no se toma el reparto de comercio
como sustituto afincado y complementario.
La venta en la calle, es decir, las ventas que no se hacen en
lugares de venta fijos, como cobran cada vez mayor importancia,
hacen necesaria la toma de medidas: por un lado, para garantizar
que esas actividades se realicen como afición libre y por
otro lado, para proteger y asegurar tanto los derechos de los consumidores
así como su salud y seguridad, y ofrecer los bienes y la
calidad de los servicios.
Con esa intención se ha constituido el procedimiento de
ventas en la calle y ésta ordenanza que regula las condiciones.
Todo ello para cumplir con las normas en vigor.
INSCRIPCIÓN DEL PORTAL.
IMPOSICIÓN DEL DOMINIO.
Apartado 1. El objetivo de esta ordenanza
es el de regular la venta en la calle en el pueblo de ATAUN.
Apartado 2. La venta en la calle. ¿En
qué consiste?.
La venta en la calle es un tipo de venta que realizan vendedores
habituales o que realizan sus ventas fuera del edificio del mercado,
en lugares de venta o estructuras desmontables o en cualquier vehículo.
Las ventas en la calle precisan del permiso del Ayuntamiento; ese
permiso es intransferible y tiene una duración máxima
de un año, salvo en los casos que se recogen en el apartado
25 de esta ordenanza.
Apartado 3. Tipos de venta en la calle.
En lo que respecta a su aplicación, existen los siguientes
tipos de venta en la calle:
a) Los mercados que se organizan periódicamente
desde siempre o los nuevos, que se colocan en lugares conocidos.
A lo sumo se organizan dos veces por semana.
b) Mercados, fiestas, celebraciones populares
o los que son mercados artesanales, que se colocan de vez en cuando.
c) Las ventas en puestos que se colocan
en camiones o calles, cumpliendo con las circunstancias y condiciones
establecidas.
Apartado 4. Los mercados periódicos
que se colocan en lugares conocidos.
1.-
Este mercado son grupos de lugares de venta en la calle, tanto de
siempre como nuevos, y que se desarrollan con frecuencia establecida
en la calle que elige el Ayuntamiento.
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