10. Porcentaje de valoración.
Una vez que se ha tomado en consideración la naturaleza
de las distintas acciones, y en función de la puntuación
que hayan obtenido se les fijará un porcentaje.
10.1.
Las acciones que no tienen ingresos, tendrán una valoración
de entre 100 y 75% (las acciones que consigan 5 puntos el 75%
y los que consigan 10 puntos el 100%).
10.2.
Acciones que tienen ingresos, de salida tendrán una valoración
de entre 60 y 35%.
10.3.
Siendo de Ataun, los equipos deportivos que toman parte en campeonatos
fuera de la región, tendrán valoración
de déficit previsto de entre 80 y 55%.
11. Anulación de las
ayudas económicas.
Después de que la corporación municipal acepte
las ayudas económicas y dé a conocer todas las
asociaciones en la Comisión de Cultura y Deporte, todas
las asociaciones dispondrán de un plazo de 15 días
para poner en conocimiento del Ayuntamiento la decisión
de no llevar a cabo la acción que decidieran, presentando
un escrito en la secretaría del Ayuntamiento.
12. Nueva designación
de ayuda económica.
Si algunas de las acciones del apartado anterior se quedaran
sin realizar, las correspondientes ayudas económicas
se repartirán entre las acciones que se realicen, el
Ayuntamiento hará un nuevo reparto porcentual en función
de la valoración previamente señalada.
13. Pago de las ayudas
económicas.
Tan pronto como se lleve a cabo la acción y de mostrar
todos los documentos detallados, las asociaciones mencionadas
tendrán ocasión de recoger sus ayudas económicas.
14. Presentación
de la liquidación.
En la ejecución de las acciones designadas para recibir
ayuda económica, la sociedad organizadora deberá
presentar la siguiente documentación:
- Memoria detallada de la acción a ejecutar.
- Ingresos monetarios y balance general de gastos. Para ello
se rellena la instancia que se puede recoger en
la secretaría del Ayuntamiento (Anexo II).
- Memoria detallada de la ejecución de la acción.
- Ingresos y gastos de dinero las facturas originales que
tienen o fotocopias compulsadas.
- Documentación gráfica (carteles, programas
de mano, etc).
15. Plazo para la presentación
de las liquidaciones.
Las liquidaciones de las ayudas económicas designadas
para todo el año, se tendrán que realizar antes
del 31 de enero del año siguiente.
16. Publicidad.
En todas las publicidades que se realicen sobre las acciones
de la mencionada ayuda económica deberá aparecer
la consideración de que se ejecutará con la
colaboración del Ayuntamiento de Ataun o bajo su protección.
17. Incumplimiento.
El incumplimiento de cualquiera de las necesidades detalladas
en el anterior apartado para la mencionada ayuda económica,
bastará para dejarla sin valor o reducirla.
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